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          El Tribunal Supremo y el ahorro de combustible




          El más alto órgano del poder judicial en España ha hablado, y lo ha hecho negando una vez más la petición -realizada por la compañía Dvuelta y la plataforma Movimiento140- sobre la suspensión cautelar del Real Decreto 303/2011, de 4 de marzo, por el que se reducía la velocidad máxima en autopistas y autovías de 120 a 110 km/h. 

          Mientras tanto, el consumo de carburantes sigue descendiendo… desde 2008; eso sí: con medidas de corte fiscal, ayudadas por la situación económica que España está “disfrutando”.


          El principal fundamento legal en el que se basa el recurso presentado por Dvuelta y Movimiento140 es que la Ley de Seguridad Vial no contempla la modificación de los límites de velocidad por motivos de ahorro energético, que es el argumento utilizado por el Gobierno en la elaboración del citado Real Decreto 303/2011, de ahí que se pidiese en el recurso la suspensión cautelar, ahora rechazada por segunda vez.


          Sin embargo, el auto de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo no implica que la norma no pueda ser ilegal y, por tanto, invalidada; simplemente aduce que “la suspensión de disposiciones generales sólo debe acordarse con carácter restrictivo”, de ahí que no se resuelva a favor de la suspensión cautelar.

          ¿De qué manera nos puede afectar la posición del Supremo? Supongamos que somos multados por circular en una autovía a 119 km/h; teóricamente, pagamos la multa por la infracción cometida, y a otra cosa. Pero supongamos también que dentro de seis meses el Tribunal Supremo anula el Real Decreto 303/2011, así que… ¿qué debemos hacer? Pues según el órgano judicial, como “la hipotética declaración de nulidad de la norma impugnada afectaría, en su caso, a los expedientes administrativos sancionadores o a los procedimientos penales que se hubieran podido incoar en aplicación de la misma”, no queda otra que recurrir todas las sanciones que recibamos basadas en la normativa puesta en cuestión, por si acaso.

          Una vez más, el Estado en estado puro: en lugar de trabajar para el ciudadano, lo maltrata obligándolo a luchar contra la Administración. Gracias, pues, Tribunal Supremo, por no tomar medidas cautelares que nos eviten esa lucha y reconocer con todo desparpajo que “es verdad

           

          que la sentencia que se dicte inevitablemente será posterior al fin de la vigencia de la norma impugnada”.

          Porque, además, cualquier persona sensata sabe que el resultado de las medidas ahorradoras del Gobierno es ripio (prácticamente todos los análisis de aquellos que opinaron al respecto concluyeron en un rango de entre el 1 y el 2%), lo que hace más doloroso aún el que tengamos gobernantes cuyo objetivo primordial parece ser el de fastidiar al gobernado. 

          Y eso sin entrar en asuntos mucho más serios como el de la siniestralidad, que apenas ha variado según los propios datos de la Dirección General de Tráfico.

          Otrosí: las medidas que sí han tenido efectos ahorradores son las fiscales, porque no hay que olvidar -por ejemplo- que los impuestos especiales para el gasóleo de automoción subieron en 2009 con respecto a 2008 un 10,43% y para la gasolina 95 un 7,80%.

          Otrosí: que a nadie tampoco se le olvide que a estos impuestos hay que sumar el llamado “céntimo sanitario” (de dudosa base legal, según la Unión Europea), y al total (precio del carburante incluido), añadir el IVA, que desde el verano pasado tiene un tipo fijado en el 18%. 

          Así tenemos el precio de los carburantes que tenemos, y no solamente por culpa del precio del barril de petróleo, lo que nos ha llevado a descensos continuos en el consumo de combustibles para automoción desde el año 2008 (datos de CORES):


          Otrosí: ¿Quieren conocer el resultado de la política fiscal del Estado respecto al automóvil? Deseo concedido: según ANFAC, es ésta:


          Otrosí: quizá tanta cifra le parezca al lector (ojalá lectores, y muchos) demasiado abrumadora o incluso lejana, pero son las cifras de la real y difícil situación económica de España; situación que se traduce en que gracias a esos gobernantes nuestro país tiene una deuda pública de más de 800.000 millones de euros. 

          Compartida con los otros 46 millones de españoles, a usted le toca: 17.319 euros.Sentimos haberle fastidiado el día.


          El Tribunal Supremo y el ahorro de combustible